PENSIONES BASICAS SOLIDARIAS DE VEJEZ E INVALIDEZ
       
Diseño del subsidio o Beneficio Objetivo del Subsidio o Beneficio Individualización del acto que estableció el programa
Unidad, órgano interno o dependencia que la gestiona Requisitos y antecedentes para postular Monto global asignado Periodo o plazo de postulación Criterio de evaluación y asignación Plazos asociados al procedimimiento de evaluación y asignación Tipo Denominación Numero Fecha Link texto integro Enlace a mayor información
DIRECCIÓN DE DESARROLLO COMUNITARIO Tener 65 años cumplidos, Pertenecer al 60 % mas vulnerable de la Poblacion, no tener derecho a persibir una pension de un Regimen previsional,haver  vivido en el Pais al menos 4 de los ultimos cinco años al momento de la solicitud.  Fondos externos  Postulacion durante todo el año Cumplimiento requisitos para renovar y postular nuevas pensiones. Cumplimiento requisitos para renovar y postular El objetivo es poder ayudar a las personas de menores ingresos que por diversas razones no han accedido a una pension de  regimen previsional.  
La Pensión Garantizada Universal (PGU), ley recientemente aprobada, es un beneficio no contributivo, que será pagado mensualmente por el Instituto de Previsión Social (IPS), al que podrán acceder las personas que tengan 65 años o más, siempre que cumplan los demás requisitos legales, independientemente de que tengan derecho a pensión o incluso de que se hayan pensionado o no. El monto de este beneficio ascenderá a un máximo de $185.000, que se reajustará en julio de 2022.                  
Ley Pensiones Basicas de Vejez e invalidez( Pension Garantizada Universal PGU) Numero 17 de Marzo del 2008 ( PBS )Y la (PGU) Recientemente aprobada https://www.chileatiende.gob.cl/fichas/102077-pension-garantizada-universal-pgu NO HAY