SUBSIDIOS Y BENEFICIOS                      
SUBSIDIO  AGUA POTABLE URBANO Y RURAL                      
Diseño del subsidio o Beneficio Objetivo del Subsidio o Beneficio Individualización del acto que estableció el programa
Unidad, órgano interno o dependencia que la gestiona Requisitos y antecedentes para postular Monto global asignado Periodo o plazo de postulación Criterio de evaluación y asignación Plazos asociados al procedimimiento de evaluación y asignación Tipo Denominación Numero Fecha Link texto integro Enlace a mayor información
Subsidio de agua potable y/o Alcaltarillado
Direccion Desarrollo Comunitario
Cedula de identidad del Jefe de Familia.
Boleta de consumo del servicio de agua potable y servicio de alcantarillado de aguas servidas, correspondiente al ultimo mes que acredite estar al dia en los pagos (fotocopia), en caso de deuda debe tener convenio de pago.
Debe ser residente permanente de una vivienda ubicada en el area urbana o rural (propietario, arrendatario o usufructurario).
Debe contar con el Registro Social de Hogares actualizado en su lugar de residencia,
La vivienda debe contar con conexión al servicio de agua potable.
El Total a pagar por concepto de consumo, debe ser superior al 5% del  total de los ingresos declarados en el Registro Social de Hogares.
FONDOS EXTERNOS

$208.650.000
(SAP URBANO)


    $9.895.000
(SAP RURAL)
Todo el año El criterio de evaluación es cumplir con requisitos para postular y renovar  según lo establecido en la normativa legal.  La asignación del beneficio esta sujeta a cupos disponibles. Recepcionadas las postulaciones  a partir del día 20  de cada mes, se procesa el listado de postulantes y se dicta un decreto de concesión  de acuerdo a los cupos disponibles. Se desvenga a partir del mes siguiente a la fecha que se dicta el decreto. Tiene una duración de 3 años a partir de la fecha inicial del beneficio. Puede ser renovado por otro período igual siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos. Es apoyar a las familias más carentes de recursos, desde el punto de vista socioeconómico y contribuir al acceso del servicio de agua potable y /o alcantarillado y tratamiento de aguas servidas. Consiste en el financiamiento  por parte del Estado, de  un porcentaje de la cuenta mensual del consumo  de agua potable con un tope  de 13 metros cúbicos   para los beneficiarios del Subsidio de Agua Potable Tradicional del sector urbano y  rural (conforme tramo y grupo tarifario) y  un tope de 15 m3 para los benefiarios del Subsistema Chile Seguridades y Oportunidades.
Decreto




Resolucion 
Subsidio de Agua Potable y /o Alcantarillado
533




111

31/12/2024




14/02/2025 
ENLACE ENLACE