Mecanismos de Participación Ciudadana |
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Nombre |
Descripción del Objeto |
Requisitos para Participar |
Enlace |
Consejo de desarrollo en Salud Cesfam Quillón |
El Consejo de Desarrollo en Salud, se encuentra enmarcado dentro
del programa Participación social, el cual refleja una forma de relación
entre Estado y ciudadanía, basado en el reconocimiento del valor del otro y
de su legitimidad para decidir sobre su salud. Así como de su conocimiento,
para superar la mirada asistencialista, clientelar e instrumental que durante
años ha caracterizado la forma de relación entre técnicos en salud y
ciudadanos. Una democracia sólida requiere una ciudadanía activa y vigilante,
en la cual el control ciudadano asegure transparencia y participación en la
gestión de Gobierno. Siendo considerados espacios de encuentro entre las
autoridades locales y representantes
de la Comunidad, donde es posible recibir los comentarios y observaciones
ciudadanas en forma directa y presencial de las reales necesidades de las
personas dentro de un sector y/o población determinada. Los socios que
participan dentro del consejo de desarrollo, son ciudadanos activos, que
mantienen conocimiento pleno de sus deberes y derechos. Teniendo como
objetivo; promover el ejercicio de la ciudadanía activa en la protección de
sus derechos en salud, en el control social sobre la gestión pública, en el
diseño, implementación y evaluación de las políticas públicas, contribuyendo
a la equidad en salud y elevando su calidad de vida.
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Ser representante Activo de alguna Intitución y/u Organización
dentro de Nuestra Comuna |
No Aplica |
Red Basica Chile Crece Contigo |
Son encuentros de gestión
y Analisis de Casos, que
requieren intervención profesionales en distintos ambitos del desarrollo en
la primera infancia y sus familias, que se enmarcan dentro del subsistema de
proteccion integral a la primera infancia Chile Crece Contigo |
profesionales del del area de salud, programa infantil. |
No Aplica |
Red Ampliada Chile
Crece Contigo |
El Chile Crece Contigo es un subsistema de protección integral a
la primera Infancia, por ende se realizan encuentros bimensulaes con la red comunal, donde se evidencian
los avances de los proyectos,
programas y actividades enfocadas a la primera infancia a nivel comunal, y se
realizan compromisos de gestión con el intersector, a fin de trabajar de
manera conjunta y cordinada entre los garantes representantes de las
distintas instituciones que trabajan
en la protección de la infancia a nivel Comunal. |
Representantes de estblecimientos Educacionales de la Comuna,
Representantes de Salud, Chile Crece
Contigo, OPD, Dideco, Daem, Omil, Convivencia Escolar, Desamu, Concejales,
SENDA |
No Aplica |
ACTA N° 1 |
Constitución Consejo Escolar 2017 escuela de
"Huacamalá" |
Director del Establecimiento, Presidente Centro de Alumnos,
Presidente C.G.P.A., representante del Sostenedor,encargado Convivencia
Escolar, representante de los Docentes, representante de los Asistentes de la
Educación |
ENLACE |
ACTA N° 1 |
Constitución Consejo Escolar 2017 escuela de "Laguna
Avendaño" |
Director del Establecimiento, Presidente Centro de Alumnos,
Presidente C.G.P.A., representante del Sostenedor,encargado Convivencia
Escolar, representante de los Docentes, representante de los Asistentes de la
Educación |
ENLACE |
ACTA N° 1 |
Constitución Consejo Escolar 2017 Liceo Polivalente "Luis
Cruz Martínez" |
Director del Establecimiento, Presidente Centro de Alumnos,
Presidente C.G.P.A., representante del Sostenedor,encargado Convivencia
Escolar, representante de los Docentes, representante de los Asistentes de la
Educación |
ENLACE |
ACTA N° 1 |
Constitución Consejo Escolar 2017 escuela "Amanda Chávez
Navarrete" |
Director del Establecimiento, Presidente Centro de Alumnos,
Presidente C.G.P.A., representante del Sostenedor,encargado Convivencia
Escolar, representante de los Docentes, representante de los Asistentes de la
Educación |
ENLACE |
ACTA N° 1 |
Constitución Consejo Escolar 2017 escuela "Liucura
Bajo" |
Director del Establecimiento, Presidente Centro de Alumnos,
Presidente C.G.P.A., representante del Sostenedor,encargado Convivencia
Escolar, representante de los Docentes, representante de los Asistentes de la
Educación |
ENLACE |
ACTA N° 1 |
Constitución Consejo Escolar 2017 escuela "El Casino" |
Director del Establecimiento, Presidente Centro de Alumnos,
Presidente C.G.P.A., representante del Sostenedor,encargado Convivencia
Escolar, representante de los Docentes, representante de los Asistentes de la
Educación |
ENLACE |
Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil |
Tiene por objetivo asegurar un mecanismo institucional de
participación de la ciudadanía en el control ciudadano de la gestión
municipal, proporciona un espacio de carácter consultivo, asesorando en el
diseño, planificación, ejecución y evaluación de las políticA públicas
comunales al igual que la gestión realizada por el municipio. Es un órgano
asesor y de caracter consultivo de la Municipalidad, el cual debe asegurar la
participación de la comunidad local en pólíticas, planes y acciones que
tengan la promoción y el desarrollo económico, social y cultural de la
comuna. Vease Ley 18.695 Articulo 94 |
Vease articulo 95 de la Ley 18.695. También, Reglamento del
Concejo Comunal de Organizaciones de la Soicedad Civil COSOC. |
ENLACE |
Unidad de Organizaciones Comunitarias |
Unidad dependiente de la Dirección de Desarrollo Comunitario que
tiene como objetivo principal promover el desarrollo y el adecuado
funcionamiento de las organizaciones territoriales y funcionales de la Comuna
de Quillón de acuerdo a la Ley N° 19.418, de Junta de Vecinos y demás
organizaciones y sus respectivas modificaciones así como también, fomentar la
participación ciudadana |
Según demanda espontánea |
ENLACE |
Ordenanza de Participación Ciudadana |
Instrumento normativo que regula y tipifica los mecanismos de
participación ciudadana de los habitantes de la comuna de Quillón. Es
aprobado por el Concejo Municipal según articulo 93 de la ley 18.695 Orgánica
Constitucional de Municipalidades |
Según el tipo de mecanismo de participación establecido en la
Ordenanza de Participación Ciudadana. Actualmente se encuentra en proceso de
actualización |
ENLACE |
Oficina de Información Reclamos y Sugerencias OIRS |
Esta oficina tiene por objeto reocoger las inquietudes de la
ciudadanía, además de ingresar los formularios con las sugerencias y reclamos
pertinentes, que tendrán definido un procedimiento de respuesta |
Vease Ordenanza de Participación Ciudadana, Titulo IV, articulo
41 al 43 |
ENLACE |
Plebisitos
Comunales |
Los plebisitos comunales son aquella manifestación de la
voluntad soberana de la ciudadanía, a través de la cual se expresa la opinión
en relación de las materias de interés comunal que le son consultadas |
Vease articulo 99 al 104 de la Ley 18.695. Ordenanza de
Participación Ciudadana, Capitulo I, articulo 6 al 28 |
No aplica |
Audiencias Públicas |
Es un mecanismo mediante el cual el Alcalde y el Concejo
Municipal darán cuenta y deliberarán junto con la ciudadanía materias que
estime de interés la comunidad por medio de una solicitud escrita |
Vease articulo 97 de la Ley 18.695. Ordenanza de Participación
Ciudadana Capítulo III, articulo 32 al 40 |
No aplica |
Consultas Ciudadanas |
La comunidad local podrá emitir opiniones y formular propuestas
de solución a probolemas colectivos del lugar donde residen. La consulta
ciudadana podrá ser dirigida a: organizaciones de interés público, de
voluntariado, asociaciones gremiales, sindicales y la ciudadanía en
general |
No aplica |
No aplica |
Presupuestos Participativos Local |
El presupuesto participativo local es, por un lado, un
instrumento de la gestión pública que contribuye a un uso transparente y
democrático del gasto público. Por otro lado, el presupuesto participativo es
un proceso en que se involucran sectores de la sociedad civil, es decir, es
un proceso con elementos de información, deliberación y votación ciudadana,
en dodne se asigan cierta proporción del presupuesto municipal para
satisfacer necesidades y proyectos priorizados por la comunidad |
No aplica |
No aplica |
Fondo de Desarrollo Vecinal FONDEVE |
Según lo dispuesto en el artículo 45 de la ley 19.418 de Juntas
de Vecinos y Organizaciones Comunitarias, existe un fondo municipal que debe
destinarse a brindar apoyo financiero a proyectos específicos de desarrollo
comunitario presentados por las juntas de vecijnos a la Municipalidad |
No aplica |
No aplica |
Cabildos Comunales |
Son un instrumento de participación ciudadana, convocada por la
municipalidad, que tiene por objeto requerir la opinión de la comunidad en
temas de interés local, a los que se podrá invitar a actores relevantes. La
participación es voluntaria y las conclusiones que de ella se desprendan
pueden ser de caracter consultivo y/o vinculante |
No aplica |
No aplica |
Cartas de Servicio |
Son un instrumento a través del cual el municipio se compromete
a difundir y prestar servicios y programas con determinados estándares de
calidad, fijando mecanismos para la presentación de opiniones, aportes,
reclamos y sugerencias de parte de los vecinos y estableciendo las formas de
corrección cuando no puede cumplir con los compromisos asumidos. su propósito
es transparentar las acciones del municipio, estableciendo compromisos
públicos de gestión, facilitando y promoviendo la participación d elos vecinos
a través de compromisos y deberes asumidos por ambas partes, para la mejora
continua de los programas y servicios ofrecidos por el municipio, transformando a los ciudadanos
en protagonistas de su propio desarrollo local |
No aplica |
No aplica |
Mesa de Infancia y Adolecsencia |
Facilitar el desarrollo institucional de sistemas locales de
protección de derechos de la infancia y adolescencia en la comuna de Quillón,
a través de los garantes de derechos de la Red de Infancia y
Adolescencia |
Garantes de decrecho de la red de infancia. |
ENLACE |
Mesa Comunal de Drogas y Alcohol |
Constituirse en una Entidad Articuladora que promueva la
Co-responsabilidad para abordar la temática de drogas, garantizando la
sustentabilidad social de las acciones que se desarrollan en la comuna de
Quillón en esta materia. |
Sociedad Civil a través de las organizaciones territoriales,
funcionales y de interés público |
No aplica |
Oficina de Atención al Vecino |
Es una oficina en directa relación con la Alcaldía, que cuenta
con personal especializado para sesorar a los vecinos frente a cualquier
problema relacionado con temas municipales, tales como arbolado urbano,
aseso, tránsito vial y peatonal, trámites municipales, iluminación, veredas y
calle en mal estado, entre otros. |
No Aplica |
ENLACE |
Concejo Comunal de
Organizaciones de la Sociedad Civil |
Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil de la
Comuna de Quillón, en adelante el consejo comunal, es un órgano asesor y de
carácter consultivo de la Municipalidad, el cual tiene por objeto asegurar la
participación de la comunidad local en las politicas, programas, planes y
acciones que tengan la promoción progreso y desarrollo económico, social y
cultural de la comuna. |
El consejo comunal estará conformado por 12 Consejeros
representantes de las organizaciones comunitarias y de interes público. A)
Tener 18 años de edad, con excepción de los representantes de las
organizaciones señaladas en la Ley Nº 19.418, sobre juntas de vecinos y demás
organizaciones comunitarias. b) Tener a lo menos un año de afiliación a la
organización que representa, en el momento de la elección. c) Ser chileno o
extranjero avecindado en el pais; y d) No haber sido condenado por delito que
merezca pena aflictiva. Esta inhabilidad quedará sin efecto una vez
transcurrido el plazo contemplado en el artículo Nº 105 del Código Penal. |
ENLACE |
Ordenanza Municipal de Participación Ciudadana |
Se entenderá por
participación ciudadana, el derecho que tienen los vecinos de la comuna a
intervenir, tomar parte y ser considerados en las instancias de información,
ejecución y evaluación de acciones que apunten a la solución de los problemas
que los afecten directa o indirectamente en los distintos actos de la
actividad de la municipalidad y el desarrollo de la misma en los diferentes
niveles de la vida comunal. |
No Aplica |
ENLACE |
Juntas de Vecinos |
Las Juntas
de Vecinos son organizaciones comunitarias cuyo objetivo es promover el
desarrollo de la comunidad, defender los intereses y velar por los intereses
de los vecinos, colaborando asi con las autoridades del estado y Municipales. |
Son organizaciones
comunitarias territoriales y representativas de las personas que residen en
una misma unidad vecinal y cuyo objeto es promover el desarrollo de la
comunidad, defender los intereses y velar por los derechos de los vecinos y
colaborar con la autoridades del estado y de las municipalidades.Son vecinos,
las personas naturales que tengan su residencia habitual en la unidad
vecinal.Para incorporarse a una Junta de Vecinos hay que ser mayor de 14 años
e inscribirse en los registros de la misma, siendo éste, un acto voluntario,
personal e indelegable. Sólo se podrá pertenecer a una Junta de Vecinos.Para
constituir una Junta de Vecinos en la comuna de Quillón se requerirá de 50
vecinos. |
ENLACE |
Constituir Personalidad Jurídica |
Fuente Legal Ley 19.418 sobre Juntas de Vecinos y demás
organizaciones comunitarias. |
Como Constituir
Personalidad Juridica Según Ley 19.418 |
ENLACE |
Reglamento del Concejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad
Civil |
El Consejo Comunal de Organización de la Sociedad Civil de la
Municipalidad de Quillón, en adelante también la Municipalidad. Es un órgano
asesor de ésta en el proceso de asegurar la participación de la comunidad
local en el progreso económico, social y cultural de la comuna. |
No Aplica |
ENLACE |
Ordenanza Plan Regulador Comunal |
La presente Ordenanza Local contiene las normas referentes al
límite urbano, zonificación y usos de suelo, condiciones urbanísticas de
subdivisión predial, urbanización y edificación y vialidad estructurante, que
regirán dentro del área territorial urbana del Plan Regulador Comunal de
Quillón, de acuerdo a lo graficado en el Plano PRCQ – 01, elaborado a escala
1:5.000, en adelante el Plano, con cuya información gráfica es
complementaria. |
No Aplica |
ENLACE |
PLADECO Comunal |
El 11 de Julio del 2007 el Gobierno Regional del Bío-Bío, como
parte del Programa Aplicación de Planes de Desarrollo Comunal (PLADECO) de la
Región del Bío-Bío Área de Programa Nº 2 Comunas de Bulnes y Quillón, Código
BIP Nº 20135043-0, adjudicó la elaboración del PLADECO de Bulnes y Quillón a
la Consultora Centro de Educación y Tecnología para el Desarrollo del Sur
(CET- Sur), la cual asume esta labor a partir de esa fecha en la comuna de
Quillón. |
Este proceso estuvo caracterizado por la alta participación de
la comunidad y por el hecho que los representantes del Municipio fueron un
actor más del debate. Por lo mismo, las conclusiones y consensos alcanzados
reflejan la opinión de todos los participantes que fueron convocados. |
ENLACE |
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